sábado, 30 de diciembre de 2017

Testamento


Testamento.











Hola amigos, como están qué bueno que nos visitan en el blog, el día de hoy se escribirá sobre el TESTAMENTO, este tema tan interesante y tan útil en nuestros días; compartiré con ustedes puntos básicos que todos debemos saber.

Definimos al testamento como:

La facultad que tiene un individuo, de disponer en vida de la repartición de sus bienes, repartición que se hará después de que muera el testador.

Amigos les comento si ustedes ya hicieron su testamento y quieren modificarlo, claro que se puede modificar, incluso lo pueden modificar varias veces si es lo que desean, esto se puede dar porque cambian de opinión, recuerden mientras tengan vida lo pueden modificar.







Amigos lectores otra definición que les puedo compartir es la siguiente:}

TESTAMENTO. - Declaración unilateral que en su última voluntad hace un individuo para disponer de sus bienes para después de su fallecimiento.

Lectores les comento que en mi opinión es de suma importancia que todos dejemos testamento, ¿porque esto?, porque así se evitan conflictos entre las personas, ya que en el testamento queda todo estipulado sobre la voluntad del fallecido.

Recuerden que para hacer el testamento deben de ir con un notario, estoy segura de que en su ciudad tendrán muchas opciones a elegir y cuando tomen la decisión el los llevará de la mano para dicho procedimiento, lo que quiero decirles es que el los guiará paso a paso para elaborarlo.

Es muy importante que se sepa que ustedes y yo podemos hacer nuestro testamento a nuestra voluntad, quiero decir que nosotros elegiremos a quien queremos dejar nuestros bienes pueden ser a quien sea, como por ejemplo familiares, hijos, amigos, a alguna fundación; a quien queramos darle los bienes.

Ahora vamos a profundizar y sumergirnos mas en el tema, aquí viene un ejemplo muy interesante.

Supongamos que es un matrimonio que están casados por sociedad conyugal entonces cada uno de ellos cuando quieran hacer su testamento lo podrán hacer solo por el 50% de los bienes que hayan adquirido a partir del matrimonio, porque hay que recordar que a ellos solo les toca el 50% a c/u eso dice la ley y su 50% lo podrán dejar a quien ellos quieran dárselo.

Otro ejemplo es el siguiente; cuando se busca a la persona, que la persona fallecida decidió que se le dejen los bienes y esta no aparase lo que se hace es que se les hace un exhorto y les notifican para que comparezcan a hacer valer sus derechos hereditarios.

Ahora les compartiré algunos de los distintos tipos de testamentos.

TESTAMENTO HECHO EN PAÍS EXTRANJERO: Es cuando estás en el extranjero y un ejemplo seria que si se pone muy enfermo el turista o tuvo un accidente y esta muy grave, se da el caso que piden hacer un testamento y este se debe hacer con las leyes que rijan en el país en el que se encuentran y se va a regresar a México y en México va a ser valido el testamento, es muy importante recalcar que el testamento deben de tener todos los requerimientos que exige el lugar donde se encuentran y lo tienen que hacer ante un fedatario público y cuando llegue a México lo tienen que homologar y  después les comento que  el testamento solo es valido por 60 días si en esos días a partir de que dicto el testamento  no se muere el turista,  entonces el testamento ya no es válido.

TESTAMENTO HOLÓGRAFO: Se le nombra así al escrito de puño y letra del testador. Hay que aclarar que no producirá efecto si no está depositado en el archivo general de notarías. Este es una forma de testar ordinaria, este testamento requiere testigos y estos testigos van a firmar y van a decir que si que tu escribiste el testamento, hay que recordar que en este caso de este testamento se requiere hacerlo por duplicado y ambos los deben de meter en sobres y cerrarlos, los 2 los llevara  al archivo general de notarías y ahí  los van a recibir y sellar y ellos van a poner un escrito que hace referencia de quien es el testamento y el asunto y firman los testigos y un sobre se queda en el archivo general de notaria y el otro se lo lleva usted y se puede entregar a quien  decida y si muere la persona, entonces quien tenga el sobre tendrá que ir al juzgado de lo familiar y ahí se hace un procedimiento el cual consiste en pedir el sobre que se quedo en el archivo general de la notaria y ya teniendo ambos sobres los abren es muy importante decir que estos sobres solo deben de ser abiertos en esta circunstancia y ahí es cuando comienza el procedimiento sucesorio. Hoy en día este tipo de testamento es poco utilizado, pues se prefiere acudir ante una notaría pública autorizada.

Amigos mas adelante en el blog escribiré de otros tipos de testamentos, me encanto poder compartir esta información con ustedes.