miércoles, 24 de enero de 2018

Obligaciones civiles

Obligaciones civiles.
Hola amigos ¿Cómo se encuentran espero que muy bien y llenos de energía para leer lo que les traigo el día de hoy, hoy tocare el tema de obligaciones civiles, y como ya es costumbre comencemos.


Una obligación se considera como un vínculo jurídico que sujeta a dar, hacer, o no hacer. Este concepto se refiere a una de las instituciones vertebrales de todo el derecho y no únicamente a la rama de derecho civil. En este ensayo se pretende estudiar y enfocar en dos aspectos de las obligaciones, sus fuentes, y las causas por su extinción. El inicio se basa en una reflexión breve sobre lo que se entiende por una obligación, seguido por los dos enfoques de este trabajo, fuentes y extinción, así estableciendo los puntos de nacimiento y muerte en la vida jurídica de las obligaciones, las cuales forman una parte integral a la vida humana, en su cotidianidad y jurídicamente hablando también.

Obligación-Concepto y realidad

Como ya fue mencionado una obligación es un vínculo jurídico que sujeta a dar, hacer, o no hacer. Hablar de la obligación es hablar de una relación entre personas, sancionada por el derecho objetivo, que somete a una de ellas a la necesidad de observar cierta conducta a favor de la otra, quien está autorizada a exigirla. Así, la persona que tiene la facultad o el derecho a exigir se llama acreedor y la que está en la necesidad de cumplir, la obligada se denomina deudor.

Los sujetos son las personas aptas para ser titulares de derechos y resultar obligadas. Para una obligación bastan dos personas, pero pueden existir más en una relación jurídica. El objetivo consiste en la conducta del deudor, lo que éste debe dar, hacer o no hacer, la clase de servicio que debe prestar a su acreedor. La relación jurídica es el vínculo jurídico que ata al deudor con su acreedor. Se llama jurídica porque se encuentra regulada por el derecho; es decir, ante el incumplimiento del deudor, el acreedor puede acudir ante la autoridad competente para lograr coactivamente dicho cumplimiento y si, es necesario, haciendo uso de la fuerza pública.
Mis queridos y adorados lectores hoy me despido, pero les adelanto que el siguiente blog tratará sobre la clasificación de las obligaciones les mando un saludo a todos.





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