Continuando con el tema de las pruebas.
Antes de desarrollar el tema propuesto, se impone
entender para qué sirve la prueba y el porqué de su importancia.
Las pruebas servirán a los litigantes para que el juez
se enfrente a la verdad y pueda estar en aptitud de dictar una sentencia en la
que se haga justicia.
Los litigantes, al servirse de los distintos medios de
prueba, buscan crear en el juzgador la convicción de que la verdad de su causa
es la que debe prevalecer sobre la versión del oponente.
Como medios de prueba, en general tenemos los
siguientes:
1) Confesionales. La prueba confesional es la
declaración de una de las partes en la que reconoce un hecho que le perjudica.
Esta prueba es de vital importancia porque la persona
que declara sobre hechos propios lo hace de forma espontánea, es decir, su
declaración se considera no manipulada ya que las cuestiones que se le formulan
son, hasta ese momento, desconocidas para el que comparece al desahogo de la
citada probanza.
La prueba confesional se puede presentar de distintas
formas:
a) Cuando la persona acude personalmente a desahogar
la probanza a su cargo.
b) Cuando la persona a cuyo cargo debe desahogarse la
citada probanza no acude al desahogo de ésta, a pesar de haber sido citada
legalmente para ese fin, por lo que en tales circunstancias la ley prevé como
sanción declarar confesa a la persona de las preguntas o posiciones que
resultaren calificadas de legales.
También puede desprenderse una confesión de los
escritos de demanda y contestación de demanda. Esta modalidad consiste en
verter los escritos de ofrecimiento de prueba en los que la parte a quien perjudica
la confesión admite de forma escrita alguna circunstancia narrada por su
oponente. Esto confirma la declaración unilateral formulada hasta ese momento.
Es importante hacer mención de que las preguntas que
se formulan se denominan “posiciones”. Esta palabra tiene su origen en el
derecho canónico; en él las aseveraciones formuladas por las partes se conocían
como positione, expresión derivada de la voz pono que quiere decir “yo sostengo
o afirmo”. Las posiciones constituyen puntos concretos del debate que obligan a
la parte a quien se le formulan a admitirlos o rechazarlos categóricamente a
través de la respuesta afirmativa o negativa (es decir, se responderá “si” o
“no”, y posteriormente se podrán agregar otras cuestiones o aclaraciones; pero,
invariablemente, se harán después de haber contestado de dicha forma). Mis amigos lectores les comento que seguiremos con este tema en el siguiente blog porque es muy amplio y no hemos terminado de verlo, así que por favor esperen el siguiente blog, los quiero y les mando saludos y gracias por su preferencia.
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