lunes, 22 de enero de 2018

Que es el derecho y derecho procesal



Hola amigos, es un gusto saludarlos el día de hoy, estoy muy feliz porque ahora tocaremos temas básicos que de seguro les ayudarán bastante. y comencemos.


¿Que es el derecho?

El derecho se puede considerar como un término de diversas connotaciones y con incontables criterios para definirlo, pero que comúnmente se entiende como un sistema de reglas jurídicas además de la ciencia que estudia a tal sistema. Si lo vemos como un conjunto de normas que tienen diversas finalidades que pueden ser opuestas o relacionadas, como; alcanzar a la justicia social, lograr el bien común, hacer posible la vida en sociedad, mantener la hegemonía de la clase dominante, armonizar los intereses de los factores reales de poder, asegurar la propiedad, proteger el desarrollo integral del ser humano, y regular el uso de la fuerza estatal.

¿Que nos dice el derecho procesal?


Derecho procesal.-

Si consideramos que al derecho solo le interesa la conducta de los individuos, en cuanto interfiera o se relacione con la conducta de otros individuos, mientras esta conducta no se exteriorice y afecte o se relacione con otra conducta, no tiene interés para el derecho.

No es ámbito del derecho lo que una persona piense, se pueden pensar los peores crímenes y al derecho no le interesa, únicamente será interés del derecho cuando se exterioricen actos que afecten a la orden social.
Se puede dividir el derecho en diferentes ramas, pero la clasificación tradicional es en un inicio la división en dos: derecho privado y derecho público. Hay teoristas modernas que argumentan que no debe de existir tal separación, porque sería más acertado a referir a todo derecho como derecho público. Siendo el caso que el Estado ha intervenido en muchos casos previamente considerados parte de la rama de lo privado, aun así, se percata una diferencia entre los dos ámbitos, consecuentemente, partiremos desde dicho inicio.
Lo que se considera el campo de derecho privado incluye ramas amplias como el derecho civil y el derecho mercantil. Las subdivisiones son aún más amplias en el ámbito de lo público, incorporando elementos como el derecho público externo, o, en otros términos, el derecho con enfoque en asuntos internacionales, mientras que en el ámbito de lo que se ha llamado derecho público interno se encuentra derecho penal. Es en esta última rama que también colocamos el derecho procesal.
La razón por la cual podemos colocar el derecho procesal en la rama de lo público es porque la administración de justicia es una de las funciones del Estado, y es consagrada en la Constitución en el artículo 17. Es una de las tareas del Estado, procurar la justicia entre sus gobernados, porque donde no hay justicia, la violencia reina, una violencia sin fin.  
Podemos considerar que el derecho procesal es el conjunto de normas que regula el proceso judicial, es decir, que regula los requisitos, el desarrollo y los efectos del proceso. En otras palabras, es la rama del derecho público interno, que reglamenta la organización del órgano jurisdiccional, fija su jurisdicción y competencia, y señala el camino a seguir para hacer efectivos los derechos de los particulares, mediante un procedimiento formal.
En conclusión, el derecho procesal es una rama del derecho público que incluye al conjunto de actos mediante los que se constituye, desarrolla y determina la relación jurídica que se establece entre el juzgador, las partes y las demás personas intervinientes. Dicha relación jurídica tiene como finalidad dar solución al litigio planteado por las partes, a través de una decisión del juzgador basada en los hechos afirmados y probados, y en el derecho aplicable. Si mis amigos como prometí temas básicos y entretenidos verdad¡ buenos mis queridos lectores, fue un placer compartir con ustedes y nos vemos para el siguiente blog.

sábado, 20 de enero de 2018

INSTRUMENTO LINGÜISTICO

Hola amigos, un gusto saludarles nuevamente, espero que todos estén muy bien, y comencemos.
Léxico como conjunto de palabras contenidas en un banco de datos, corresponde a una noción amplia.
Léxico como instrumento de organización de las palabras por su significado preferentemente se inclina a una noción estricta.
Léxico como instrumento lingüístico sirve de intermediario entre el usuario y la máquina para almacenar la información para cuando se requiera.
Para que el usuario no tenga problemas con la maquina el léxico le ayuda resolviendo una serie de problemas lingüísticos, es capaz de organizar las palabras en unidades morfológicas semánticas llamadas nociones las cuales tienen subnociones con alguna independencia semántica. Hay dos niveles en que el analista forma o crea su información.
1*Párrafo
2*Frase
Interrogación lo forma en dos niveles.
1*General
2*Particular
Entre más palabras se sepan y las logren conjuntar y relacionar con habilidad y certeza mejor y más amplió será el léxico que maneje cada individuo y por eso a través del thesaurus podemos relacionar palabras de diferentes nociones.  Me despido muy contenta de haber subido blog, les mando un beso y hasta la próxima.

ANTECEDENTES DE LA INFORMATICA JURÍDICA


Antecedentes de la informática jurídica.



Hola queridos lectores como se encuentran, les comento yo aquí inspirada escribiendo para ustedes.  Es un placer enorme saludarles y comencemos.

Si se tuviera que mencionar una fecha precisa para el nacimiento de esta disciplina, tendríamos que decir que fue en el año de 1949.

En los años 1948, se empezó a difundir en el mundo jurídico los ordenadores y las computadoras.

En 1963, Hans Baade, edita la obra jurimetrics: the Methodology of legal Inquiry en el que menciona que para ejecutar esta materia se tienen que aplicar tres formas de investigación.

{Aplicar modelos lógicos a normas jurídicas establecidas en criterios tradicionales.}

{Aplicar el ordenador o computadora en lo jurídico.}

{Llegar a prever  futuras sentencias de los jueces.}

En 1968, Mario Lozano cambió el término Jurímetria por Iuscibernética y la Iuscibernetica está dividida en cuatro y son las siguientes:

{Nota: Cada una son diferentes maneras de acercarse a las relaciones entre el derecho y cibernética.}

1.- Filosofía Social. - El derecho subsistema respecto al sistema social, la sociedad son varios sistemas económico, religioso y jurídico. El jurídico es muy importante porque rigen las normas para desenvolverse en las dos anteriores.

2.- Lozano quiere identificar el derecho como verdadero sistema (no subsistema) de esta manera el derecho es un sistema que se autorregula y es considerado aislado del resto de la sociedad y se define como un sistema cibernético con retroacción.

3.-Iuscibernéticala aplicación de la lógica y de obras técnicas de formalización al derecho con el fin de llegar a un uso concreto de la computadora, lo que se quiere lograr es la construcción lógica formal del derecho poniendo atención en su lenguaje y conviviendo con el lenguaje natural y con el informático a lo que se llamaría Ingeniería Jurídica –Informática.



PERSPECTIVA NORTEAMERICANA Y EUROPEA SOBRE DEFINICIÓN Y ANTECEDENTES DE INFORMÁTICA JURIDICA.

Abdul Paliwala de la Universidad de Warwick, Reino Unido en su artículo sobre la historia de la informática jurídica (Legal Informatics) habla sobre la dificultad en definir específicamente la informática jurídica, pero termina utilizando la definición de Erdelez y O’Hare la cual  es la siguiente: la asociación de bibliotecas americanas define informática como él estudió de la estructura y propiedades de la información, además de la aplicación de la tecnología a la organización, almacenamiento, recuperación y diseminación de la información. Informática jurídica, entonces queridos amigos, es la aplicación de la informática adentro del contexto de un ambiente legal y tiene que ver con organizaciones involucradas con la ley y usuarios de la información.

Informática jurídica tiene una historia breve a pesar de los esfuerzos de Paliwala de establecer su linaje desde Sócrates y Confucio, el interés de Paliwala en el tema inicio en 1965; con él trabajó de Hans Baade y su obra Jurimetrics. El crédito para la transformación de los sistemas de recuperación de información en derecho comercial, en la era del internet se proporciona al Instituto de Información Jurídica de Cornell.

En el Reino Unido Colin Tapper es el experto y pionero en el estudio del derecho informático, además de informática jurídica, también hay que reconocer el trabajo de Peter Seipel en Suecia, Vittorio Novelli en Italia, Maximilian Herberger en Alemania y Daniele Bourcier en Francia.

En Estados Unidos la colaboración entre varios profesores en Minnesota y Harvard llegó a formar y desarrollar CALI (centro para la instrucción en derecho asistido por computadora) después en Inglaterra se desarrolló en 1985 la asociación Britanica e Irlandesa de educación jurídica (British & Irish Legal Education Association) para promover colaboración en todos los aspectos de la Informática Jurídica y Derecho Informático.

Así es amigos, que interesante verdad, pues yo me despido deseando que está información sea muy útil para ustedes, nos vemos en el siguiente blog.

DERECHO INFORMÁTICO




Hola mis amigos, aquí estoy reportándome con ustedes subiendo nuevo blog y como ya saben hoy toca el tema de derecho informático, espero les guste.

ECUACIÓN.

Derecho + Informática + sociedad de la información = derecho informático.

Se especializa en la informática son varios principios y normas que rigen los efectos jurídicos surgidos de la interrelación entre la informática y el derecho.

Diferencias entre Informática Jurídica y Derecho Informático.

Informática Jurídica, es una rama de la informática y el Derecho Informático es una rama del derecho.

Son varias normas y principios que regulan los efectos jurídicos en la informática y el derecho y es una rama del derecho que ve en el tema de la informática, como usarla, como aplicarla y como ejercerla legalmente (Rechtsinformatik) es el término del derecho informativo por el Dr. Wilhelm Steinmuller no es un término univoca hay otros para el derecho informático.

>Son los siguientes:

-Derecho Telemático

-Derecho de las nuevas tecnologías

-Derecho de la sociedad de la información

- Iuscibernética

-Derecho tecnológico etc.

Ahora se usa “Derecho de la tecnología de la información y comunicación ha tenido auge en Latinoamérica.

Se creó el derecho informático para regulación de carácter jurídico.

DERECHO A LA INFORMACIÓN
Hay dos perspectivas en el derecho a la información.
1-Ordenamiento Jurídico
2- Ciencia Jurídica
Estas constan de varias normas jurídicas y ciencia.
A)           El derecho de la información como ordenamiento.
Como se han transformado las relaciones y los derechos informativos y comunicativos en el transcurso del tiempo tuvieron la necesidad de crear una serie de leyes que regularan y rijan la relación de las ciencias jurídicas y las ciencias informativas, estas 2 forman el cuerpo jurídico del derecho de la información, derecho que está formado por el conjunto de normas jurídicas que se basan alrededor a la relaciones informativas o que se regulan por la información o la comunicación social; es la transmisión de ideas pensamientos, opiniones, conocimientos, ha estado presente en la sociedad y en grupos sociales.
Bonet dice sobre perspectiva de ordenamiento que son varias normas jurídicas vigentes en materia informativa y que tiene como característica el que sus normas sea de distinta naturaleza; penal, mercantil, administrativa o incluso normas constitucionales; y también por hacer referencia a aspectos muy diferentes entre sí.
B)           Hay derecho de la información como ciencia.
Está es porque constituye una ordenación de conocimientos susceptibles de sistematización de tratamiento en diversas fases de generalización y de abstracción, de lo cual lo importante es la información que reconoce y regula. Es una ciencia jurídica que acota los fenómenos informativos y los encamina a la justicia.
Este fue el tema del día de hoy, me encantaría saber sus comentarios, les mando un abrazo y muchos saludos.

Informática Jurídica




Informática Jurídica. - Es una disciplina de las ciencias de la información que aplica la informática en el derecho su antecedente es la jurímetria planteada en 1949 por Lee Loeringer, es una ciencia que estudia los recursos informáticos (hardware y software) para mejorar procesos –análisis, investigación y gestión en lo jurídico. Se basa en la tecnología en la informática jurídica tiene como objeto la informática es una rama de la informática dedicada a las ciencias jurídicas y es un conjunto de principios y normas que regulan efectos jurídicos nacidos de la interrelación entre el derecho y la informática es una disciplina que convoca como ciencia el tratamiento lógico e informático de la información jurídica.

Como siempre es un gusto estar compartiendo mis conocimientos con ustedes, les mando un saludo y hasta el próximo blog.

domingo, 14 de enero de 2018

El salario. Salario mínimo y salario mínimo profesional (Art. 90-97 l LFT)

Hola amigos ahora vamos a tratar el tema del Salario mínimo y salario mínimo profesional.

es la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados en una jornada de trabajo.

El salario mínimo deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos.

Se considera de utilidad social el establecimiento de instituciones y medidas que protejan la capacidad adquisitiva del salario y faciliten el acceso de los trabajadores a la obtención de satisfactores.

Sabían que. Los salarios mínimos podrán ser generales para una o varias áreas geográficas de aplicación, que pueden extenderse a una o más entidades federativas o profesionales, para una rama determinada de la actividad económica o para profesiones, oficios o trabajos especiales, dentro de una o varias áreas geográficas.

Los salarios mínimos generales regirán para todos los trabajadores del área o áreas geográficas de aplicación que se determinen, independientemente de las ramas de la actividad económica, profesiones, oficios o trabajos especiales.

Los salarios mínimos profesionales regirán para todos los trabajadores de las ramas de actividad económica, profesiones, oficios o trabajos especiales que se determinen dentro de una o varias áreas geográficas de aplicación.
Los salarios mínimos se fijarán por una Comisión Nacional integrada por representantes de los trabajadores, de los patrones y del gobierno.
La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos y las Comisiones Consultivas se integrarán en forma tripartita.
La Comisión Nacional determinará la división de la República en áreas geográficas.
Los salarios mínimos no podrán ser objeto de compensación, descuento o reducción, salvo en los casos siguientes:
I. Pensiones alimenticias; y
II. Pago de rentas. No podrá exceder del 10% del salario.
III. Pago de abonos para cubrir préstamos provenientes del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. O crédito para la adquisición de viviendas.
IV. Pago de abonos para cubrir créditos otorgados o garantizados, destinados a la adquisición de bienes de consumo duradero o al pago de servicios.
Pues si amigos este fue el tema de hoy les mando un abrazo y espero les haya gustado, un saludo a todos.


martes, 9 de enero de 2018

La Jornada Laboral


Condiciones jurídicas de las relaciones laborales.




Hola amigos, ¿cómo están? Ahora hoy vamos a tocar un tema muy interesante que seguramente a ustedes se les hará de gran utilidad e interés. Como su titulo lo dice se llama, condiciones jurídicas de las relaciones laborales y comenzamos.

Entendemos como jornada de trabajo como el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo.

El trabajador y el patrón fijarán la duración de la jornada de trabajo, sin que pueda exceder los máximos legales. Los trabajadores y el patrón podrán repartir las horas de trabajo, a fin de permitir a los primeros el reposo del sábado en la tarde o cualquier modalidad equivalente.



Amigos lectores ahora definiremos lo que es la jornada diurna. Es la comprendida entre las seis y las veinte horas.

Jornada nocturna. Es la comprendida entre las veinte y las seis horas.

Jornada mixta. Es la que comprende periodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el periodo nocturno sea menor de tres horas y media, pues si comprende tres y media o más se reputará jornada nocturna.

Nota importante: La duración máxima de la jornada será ocho horas la diurna, siete la nocturna y siete horas y media la mixta.



Durante la jornada continua de trabajo se concederá al trabajador un descanso de media hora, por lo menos.

*Cuando el trabajador no pueda salir del lugar donde presta sus servicios durante las horas de reposo o de comidas, el tiempo correspondiente le será computado como tiempo efectivo de la jornada de trabajo.

*En los casos de siniestro o riesgo inminente en que peligre la vida del trabajador, de sus compañeros o del patrón, o la existencia misma de la empresa, la jornada de trabajo podrá prolongarse por el tiempo estrictamente indispensable para evitar esos males. (RETRIBUCIÓN IGUAL)

Podrá también prolongarse la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias, sin exceder nunca de tres horas diarias ni de tres veces en una semana.

Las horas de trabajo extraordinario se pagarán con un ciento por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada.

Los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios por un tiempo mayor del permitido de este capítulo.

La prolongación del tiempo extraordinario que exceda de nueve horas a la semana, obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con un doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada, sin perjuicio de las sanciones establecidas en esta Ley.

Gracias amigos por leernos un día mas y espero que les haya gustado lo que vimos hoy, mucha suerte y hasta la próxima.